Que levante la mano quien se hace un lío con los asuntos legales!
La obligación de emitir una factura y la declaración del IVA y el IRPF como propietarios puede parecer un quebradero de cabeza pero, a pesar de todo, supone una garantía de legalidad y seguridad en todas tus transacciones.
¿Por qué tengo que facturar siendo un particular y cómo puedo hacerlo?
Cuando alquilas tu piso a una empresa, al tratarse de un alquiler para un uso diferente del de vivienda habitual, es necesario que expidas una factura. Para poder hacerlo, tan sólo debes cumplir un requisito básico: darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
También estás capacitado para hacerlo si eres autónomo. De hecho, en el caso de que los ingresos por tus rentas superen el límite legal anual, será necesario que te des de alta como tal. Es importante cumplir esta condición puesto que emitir facturas sin estar registrado en este censo supone una infracción.
Pero no te preocupes, los beneficios que obtienes al hacerlo acaban compensando el esfuerzo.
¿Qué tipo de IVA debo aplicar en la factura?
Como norma general, los alquileres de vivienda están exentos de IVA. Pero en algunos casos, como el alquiler temporal a empresas, será necesario incluir el IVA correspondiente en la factura y asumir el resto de obligaciones fiscales relacionadas con la declaración impuesto.
Sin embargo, como se trata de un alquiler de vivienda, el arrendamiento está exento de IVA. Para ello, el contrato incluirá una serie de condiciones, como en la que la empresa se compromete a que no se produzcan subarrendamientos o cesiones posteriores del inmueble a terceros, así como el nombre de todos los empleados que vivirán en tu piso mientras dure el contrato.
Respecto a los requisitos para la exención del IVA en arrendamientos para empresas, puedes echar un vistazo a la información ofrecida por la Agencia Tributaria.
¿Si he de incluir el IVA y emitir factura, debo también aplicar la correspondiente retención de IRPF?
Los alquileres a particulares para uso como vivienda habitual están exentos de incluir ningún tipo de retención de IRPF en el recibo. Esto también se aplica al alquiler de vivienda a empresas para sus empleados.
Recuerda que estas respuestas son generales y solo se aplican a los arrendadores con pisos en la Península y Baleares. Si tu propiedad se encuentra en las Islas Canarias o en Ceuta y Melilla o tienes alguna duda concreta, envíanos un correo electrónico a hola@homyspace.com y te guiaremos para tu caso concreto.
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